Las cadenas acumulan sanciones por no acatar los límites publicitarios

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

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Mediaset recibe una sanción de casi 300.000 euros por emplazamiento de producto

07 ago 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Toñi Moreno aparece en Viva la vida anunciando unas zapatillas con la firma del programa. En First Dates se promociona intencionadamente una marca de caramelos. Las normas fijadas por la ley audiovisual establecen cómo y cuándo se pueden emitir anuncios en televisión, pero, a juzgar por las infracciones recurrentes acumuladas por las cadenas comerciales, estas desoyen reiteradamente estas obligaciones.

Hace unos días, la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a Mediaset y Atresmedia con 365.301 euros y 3.689,40 respectivamente por vulneración del tiempo máximo de emisión dedicado a los mensajes publicitarios y televenta.

En el caso de Mediaset, las infracciones señaladas se habían detectado en Cuatro, Energy, Divinity y Telecinco y tuvieron lugar en los meses de diciembre del 2018 y enero y febrero del 2019.

El artículo 14.1 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural.

En el caso de Atresmedia, la infracción, tipificada como leve, se produjo en el canal Neox en noviembre del 2018 por incumplimiento de este límite.

En cambos casos, Atresmedia y Mediaset podrán interponer directamente recurso ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Ayer, el organismo regulador hizo pública una nueva sanción a Mediaset con 277.809 euros por el incumplimiento de la legislación en cuanto a emplazamiento de producto en los programas Viva la vida, de Telecinco, y First Dates: San Valentín, en Cuatro.

El emplazamiento de producto es una forma de comunicación comercial que consiste en mostrar un producto dentro de un programa y la normativa es «muy clara» en este sentido, según subraya la CNMC.

El comunicado precisa que Telecinco vulneró un artículo de la ley por el emplazamiento de unas zapatillas de una determinada marca en el programa Viva la Vida del 22 de septiembre del 2018 y recibirá por ello una sanción de 130.964 euros.

La otra conducta irregular se produjo en el programa First Dates: San Valentín del 11 de febrero del 2019, emitido en Cuatro. En este caso, se promocionó una marca de caramelos de forma no acorde la norma, por lo que la sanción será de 146.926 euros.

La CNMC recuerda que, contra esta resolución, Mediaset podrá interponer recurso ante la Audiencia Nacional.

La cadena pública tampoco se libra de la supervisión de la CNMC y de las amonestaciones por incumplimiento. Competencia anunció este lunes una sanción a Radio Televisión Española por vulnerar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones. Dichas infracciones «leves» fueron detectadas en La 1, La 2, Teledeporte, 24 Horas y Clan TV entre noviembre del 2018 y febrero del 2019.