Condenan a dos años de cárcel a Francisco Granados por el chivatazo de la Púnica

Efe MADRID

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La misma pena que ha recaído en ese agente, José Manuel Talamino, mientras que para el tercer acusado, José Luis Caro Vinagre, guardia civil en excendecia, la pena ha sido de un año y medio

04 dic 2017 . Actualizado a las 17:02 h.

La Audiencia Nacional ha condenado a dos años de prisión al exconsejero madrileño Francisco Granados por el chivatazo que le dio un guardia civil acerca de la operación Púnica, la misma pena que ha recaído en ese agente, José Manuel Talamino, mientras que para el tercer acusado, José Luis Caro Vinagre, guardia civil en excendecia, la pena ha sido de un año y medio.

La sección primera de lo Penal les considera responsables de un delito de revelación de secretos. En el caso de Granados y de Caro Vinagre es de aprovechamiento de esa revelación, y en el de Talamino, de violación del secreto. La Fiscalía pedía tres años para Granados y Talamino, y a Caro Vinagre la misma pena que le ha sido impuesta.

Se trata del tipo agravado del delito de revelación de secretos porque el soplo partió de un funcionario público, Talamino, que, por formar parte del operativo de la UCO, tuvo acceso a esa información y la difundió causando «un intenso daño a la causa pública».

La sentencia cuenta con un voto particular concurrente del magistrado Nicolás Poveda, que cree que el «conseguidor» de la Púnica David Marjaliza y su secretaria -que aseguraron que Granados les pidió que destruyeran documentación y la quemaran un día de niebla- incurrieron en «numerosas contradicciones», por lo que ve falta de «verosimilitud» en sus declaraciones incriminatorias hacia Granados.

Para el tribunal, «las especiales responsabilidades que el Sr. Granados Lerena había asumido, especialmente como consejero de Interior y Justicia de la Comunidad de Madrid», son «circunstancias personales que requieren un especial reproche a su conducta».

Los magistrados consideran probado que Talamino -que vivía en Valdemoro (Madrid) y conocía a Granados por haber sido alcalde de esa localidad- alertó el 5 septiembre de 2014, poco antes de que estallara la Púnica, de la instalación de cámaras frente al despacho de Marjaliza en el edificio Éboli de Pinto, sabiendo que el exconsejero y el presunto conseguidor de la trama eran amigos.

Quedó con ellos aprovechando las fiestas de Valdemoro y se encontró con Granados en un local, donde le contó que la UCO vigilaba a Marjaliza y, al día siguiente, Caro Vinagre, a petición del exconsejero, buscó a Talamino «para obtener más información».

Dio el chivatazo «consciente de la importancia de la información para los intereses de Granados, Marjaliza y de su amigo personal José Luis Caro Vinagre», al que Granados había contratado como asesor, y «decidió avisarles (...) sabiendo que violaba el deber de confidencialidad».

A raíz de la filtración, los investigados cambiaron sus conductas, «dejaron de utilizar los teléfonos y cuando lo hacían, hablaban poco, dificultando las pesquisas sobre sus negocios. Además, se hizo imposible la recuperación de parte del dinero que procedía de las adjudicaciones de obras y servicios y de la retribución a autoridades locales y autonómicas», afirma la sentencia.

Al saberse investigado, Granados pidió a Marjaliza que destruyera la documentación que le relacionaba con sus negocios -facturas de la compra de regalos, organigrama de sus sociedades y testaferros y contratos en cuya adjudicación había mediado- y trasladó documentación sobre sus cuentas en Singapur y operaciones en Suiza al domicilio de su secretaria Ana María Ramírez.

En su voto discrepante, Poveda no cuestiona las penas impuestas sino «los razonamientos que dan lugar a la valoración de la prueba» y pone en duda lo declarado por Marjaliza y su secretaria.

Recuerda que ambos aseguraron que, a raíz del soplo y por petición de Granados, se quemaron «tres carros del Carrefour» con apuntes contables de entregas de dinero a alcaldes y concejales y documentos de licitaciones de la Comunidad de Madrid.

Pero, para Poveda, «no existe dato alguno que acredite la preexistencia de tal documentación ni su contenido exacto» y la única prueba que lo demuestra son sus propias manifestaciones, teniendo en cuenta, señala el juez, que tanto Marjaliza como Ramírez están acusados en la pieza principal de la Púnica.

Además, cree que no solo Granados se aprovechó del soplo de Talamino, sino que también «ha quedado acreditado» que Marjaliza adoptó junto con el exconsejero madrileño «medidas que entorpecieron y perjudicaron de forma sustancial la instrucción de la causa».