La compra del Banco Popular se ha resuelto por un precio simbólico que ya se utilizó en las ventas de la CAM o del Banco Gallego
07 jun 2017 . Actualizado a las 16:33 h.El Banco Popular estaba en una situación inviable, según el BCE, era insolvente, no existían soluciones privadas más allá de la resolución y no había acciones de supervisión que hubieran evitado la quiebra. La única solución era que lo comprara otra entidad financiera. Pero ¿Cuánto se puede pagar por algo que no vale nada? El precio de un euro por el que el Banco Santander se ha hecho con la entidad presidida por Emilia Saracho es simbólica, pero necesaria.
Ya se pagó entonces por la CAM, por Unnim, por el Banco de Valencia y el Banco Gallego. Es una estrategia utilizada en muchas operaciones bancarias de esta reciente reestructuración financiera, aunque es habitual que ese precio vaya acompañado por un matiz: el comprador suele pedir ayudas públicas a mayores para hacer frente a los costes derivados de la operación, algo que no ha ocurrido en el caso de la compra del Banco Popular. La operación cerrada hoy supone la primera resolución (intervención y liquidación) de una entidad financiera en Europa en la que no ha sido necesaria la aportación de capital público.
Probablemente, este hecho ha sido el que ha decantado la balanza hacia el Santander: la entidad de Ana Patricia Botín ha adquirido el Popular sin pedir ayudas públicas a mayores para atender, entre otras cosas, posibles causas judiciales. Accionistas y bonistas del Popular podrán acudir a los tribunales, una eventualidad que ya ha tenido en cuenta el Santander, que podría destinar parte de su ampliación de capital de 7.000 millones de euros a cubrirse contra estas posibles contingencias.
Un euro han costado las acciones de un banco que ya no valía nada, según el supervisor europeo; una cantidad ínfima por un negocio de 150.000 millones en activos y que supone que todos los accionistas pierden sus títulos. La Comisión Europea ha explicado esta mañana que las pérdidas han sido «totalmente absorbidas» por los accionistas y los titulares de deuda subordinada, por lo que no ha sido necesaria la inyección de fondos públicos ni la participación del Fondo Único de Resolución.