El Principado es la región del norte con más ciudadanos que pagaron el impuesto en los últimos cuatro años pese a que su vivienda no se había revalorizado
10 ene 2018 . Actualizado a las 19:36 h.Casi 10.000 asturianos podrían recuperar la plusvalía que han pagado a sus ayuntamientos por la transmisión de una vivienda. Son los 9.400 que en los últimos cuatro años han abonado el impuesto, pese a que el inmueble no había registrado ningún incremento en su valor. Estos vendedores tienen ahora un ojo puesto en el Tribunal Constitucional. El pasado mes de febrero dictó una sentencia en la que declaraba ilegal el cobro de esta tasa precisamente en aquellas operaciones en la que no se hubiera registrado una revalorización. El fallo se circunscribe a la norma foral de Guipúzcoa, por lo que no es de aplicación en el resto del país. Pero los expertos matizan que es solo cuestión de tiempo, ya que la redacción de la legislación española es idéntica a la guipuzcana que se ha tumbado.
La cifra de afectados en toda España se eleva hasta los 550.000. Estos datos son una estimación presentada por Tinsa, una compañía multinacional especializada en la valoración y asesoramiento del mercado inmobiliario, que realiza informes periódicos sobre el sector. El informe tiene en cuenta el número de transmisiones realizadas entre el 2013 y el 2016, ya que solo se pueden presentar reclamaciones por las operaciones efectuadas en los últimos cuatro años, y también el periodo medio en el que los inmuebles han pertenecido a sus dueños originales. Por operaciones se entiende desde compraventas a donaciones, permutas y herencias, ya que todas ellas están sujetas al tributo Del cruce de esta información con la evolución del valor de mercado en cada provincia, Tinsa ha llegado a una conclusión. Los datos originales pertenecen al Ministerio de Fomento y al Colegio de Registradores de la Propiedad.
La plusvalía supone para los ayuntamientos asturianos unos ingresos de 32 millones de euros al año. Al menos, esa es la cantidad correspondiente a 2016, según la última estadística hecha pública por el Ministerio de Hacienda. El impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que es el nombre técnico de la plusvalía, supone una fuente de ingresos fundamental para los concejos menos rurales. Así, Oviedo y Gijón recaudaron en total 24 millones. Siero y Avilés, los dos municipios con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes, por ejemplo, llevaron 2,2 millones a sus arcas municipales. La devolución de las plusvalías por operaciones en las que no hubo revalorización y dejar de cobrarla a partir de ahora podría suponer un fuerte revés para las entidades locales.
Los casi 10.000 afectados asturianos parecen apenas una gota en ese oceano de más de medio millón en España. El informe de Tinsa precisa que las provincias más afectadas son aquellas que en los años previos a la crisis tuvieron un mercado inmobiliario más dinámico y aquellas en las que más cayeron los precios del ladrillo. Esto coincide con Madrid, Barcelona, Alicante, Valencia y Málaga. En el norte los efectos han quedado más atenuados. No obstante, Asturias -con sus 9.400- es la provincia de la septentrional más afectada, por encima de las vascas, las gallegas y Cantabria. Vizcaya tiene 9.000; A Coruña, 8.100; y Pontevedra, 5.600. Guipúzcoa, donde se registró la reclamación que ha puesto en tela de juicio la plusvalía, se estima que puede haber unos 5.500 casos.
¿Cómo se calcula la plusvalía?
El impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana grava el incremento del valor del terreno en el momento de la transmisión de un inmueble, hasta un periodo máximo de 20 años. Pero para calcular el importe a liquidar los ayuntamientos solo tienen en cuenta el valor catastral del suelo del inmueble en el momento de la venta y los años que haya estado en manos del propietario. Esta metodología siempre tiene un saldo favorable a las arcas municipales, porque acaba demostrando que existen plusvalías, independientemente de si el valor del terreno se ha incrementado o no.
La sentencia del Constitucional allana el camino a las reclamaciones que ya están en marcha y a los ciudadanos que se están planteando interponerla. Hasta ahora, las impugnaciones tenían un futuro muy incierto ya que dependían de de la interpretación de cada juez e incluso de la pericia de los letrados para demostrar que no se había producido un incremento del valor, según explica Marta García, directora de Consultoría Técnica de Tinsa. A partir de ahora, será necesario presentar informes específicos que acrediten el valor del suelo en ese inmueble en concreto. «Las escrituras de la última y penúltima compraventa del inmueble, que especifican el precio de transmisión, no serían referencias suficientes. Tampoco lo sería una estadística de variación media del valor de la zona o código postal donde se ubica el inmueble, ya que es necesario referenciar la evolución al inmueble en concreto», señala García. A su juicio, la sentencia del Constitucional «ratifica la necesidad de presentar un informe técnico acreditativo y menciona de forma literal la valoración pericial contradictoria como ejemplo de prueba válida para demostrar la pérdida patrimonial».
Es posible que, a corto plazo, ya no sea necesario acudir a los tribunales. Aunque el fallo judicial no afecta a la legislación española, el Ministerio de Hacienda asegura que asume la sentencia y que va a modificar la Ley de Haciendas Locales para adaptarse a la nueva doctrina fijada por el ato tribunal. El Gobierno da un paso adelante por iniciativa propia antes de que los juzgados le den un empujón, ya que la norma española también está exactamente por las mismas razones.