La trabajadora social valoró que la madre no estaba capacitada frente a la opinión de los psicólogos
14 sep 2016 . Actualizado a las 08:37 h.La evolución de Juan Francisco, de cuatro años, entregado el lunes a su madre biológica María José Abeng, de 19 años, por los padres preadoptivos, residentes en Valencia, será sometida a un seguimiento por parte de la administración regional, y será supervisada por un psicólogo adscrito a los juzgados de Gijón. El perito deberá comunicar sus informes al juzgado, cada mes, para que el titular del órgano judicial competente pueda adoptar las decisiones que corresponden «en cada momento en beneficio del menor». Así lo ha establecido el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Oviedo, con el objetivo prioritario de garantizar en todo momento la estabilidad emocional del pequeño.
El tribunal había solicitado la realización de varias pruebas periciales para determinar la idoneidad de la medida a adoptar con respecto al menor. Desde un principio, el Principado, que tenía asumida la tutela de la madre, María José Abeng, desde el año 2008, se había decantado a favor de la separación entre madre e hijo y la adopción de medidas encaminadas a la preadopción. Así, la trabajadora social había valorado que la madre no estaba capacitada para «desarrollar el rol parental y atender las necesidades de su hijo» y tampoco veía preparada para atender a sus necesidades a la abuela materna, que había solicitado quedarse con el pequeño, al apreciar que «no era una figura adecuada para ejercer su crianza».
Contradicciones periciales
La psicóloga E.A.M, por el contrario, sostenía que la abuela materna «no presentaba condiciones psicológicas incapacitantes para la crianza de un niño» y llegó a la misma conclusión respecto a María José de quien dijo que había alcanzado «mayor estabilidad tras un período de conductas disruptivas». Una apreciación en la que coincidió con el diagnóstico del psicólogo, que estableció una relación entre esas conductas y la etapa de «adolescente institucionalizada y embarazada».
Ante la contradicción de las pericias, que según el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Oviedo se hicieron «más evidentes» en el acto del plenario, la Sala a través de un auto, fechado el 4 de noviembre de 2015, solicitó a la Consejería de Bienestar Social todos los informes relativos a madre e hijo así como un informe del equipo psicosocial adscrito a los juzgados de Gijón para que se pronunciara acerca de la idoneidad de María José para desempeñar «el rol parental respecto de su hijo». Igualmente interesó los informes sobre las circunstancias que concurrían en el entorno de la madre y el «prioritario y máximo interés del menor».
«Es una madre capacitada»
Los peritos del equipo psicosocial de Gijón llegaron a la convicción de que María José no presenta alteraciones en su estructura de personalidad y cuenta con la ayuda de su entorno familiar. En su informe, señalan que debe ser ella, «como madre biológica capacitada», quien debe encargarse de la custodia de su hijo en detrimento de las medidas adoptadas por la Consejería.
Desde la mayoría de edad y tras realizar las pertinentes pruebas objetivas, entienden que la joven no presenta deficiencia alguna para el ejercicio de una «maternidad responsable». Tres de los cuatro peritos optan por considerar que el menor debe reintegrarse a su núcleo familiar primario. Unos informes que el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha tomado en consideración a la hora de adoptar la decisión de estimar el recurso de apelación de la madre biológica.