Las bolsas de fraude y abusos que rodean a los becarios

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En Asturias se realizan unos 250 contratos formativos al mes, tal y como reflejan las estadísticas de la Seguridad Social, en las que lógicamente no aparecen los casos de becarios o jóvenes en prácticas en situación irregular

08 may 2017 . Actualizado a las 11:00 h.

«Todos hemos pasado por ello y, además, es lo que hay». Una frase que algún que otro becario o joven en prácticas habrá escuchado al menos alguna vez en su experiencia como tal. Una frase que, si se le dirige a uno de esos becarios o jóvenes en prácticas que no cobran y encima realizan la misma o similar labor que un trabajador, resulta hasta mezquina. Lo que está mal, simplemente lo está aunque todos hayan pasado por el mismo aro. 

Hoy, día internacional del becario, es una buena jornada para seguir reflexionando sobre la situación de los jóvenes que debutan como tales en el mercado laboral. En España, existen unos 70.000 becarios, pero son solo los que perciben alguna remuneración y, por lo tanto, están dados de alta en la Seguridad Social. En Asturias, en todo el 2016, se realizaron 3.358 contratos formativos que consten en la Seguridad Social y, de enero a abril de 2017, 1.018. A razón de unos 250 contratos al mes.

Son cifras, en cualquier caso, que se quedan cortas. Y más si se toman los datos del informe La experiencia de los becarios en la Unión Europea, que ha sido publicado por la Comisión Europea y cuyo gran titular en España es que el 58% de los becarios no percibe ninguna remuneración por su trabajo. Y, por lo tanto, no aparecen en las estadísticas de la Seguridad Social. Además, siete de cada diez becarios, según este mismo informe, reconoce tener una carga laboral equivalente a la de los trabajadores con contrato. «Hay una importante bolsa de fraude cuando la finalidad no es formativa sino productiva», sostiene Ignacio González del Rey, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Oviedo.

La situación laboral del becario, en líneas generales, ha empeorado con la crisis económica, pero en 2011 el Gobierno del PP publicaba el real decreto 1493/2011 que incluye a los becarios en el régimen general de la seguridad social. «En los últimos años, el Gobierno ha intentado fomentar la protección de los becarios, sobre todo mediante su inclusión en la seguridad social», explica González del Rey. Este decreto no fue efectivo hasta mayo de 2013, tras una sentencia del Tribunal Supremo que restableció la obligación de las empresas de cotizar por los becarios que recibieran una compensación económica. 

González del Rey explica que existen distintas normas sobre becas y, a su vez, diferentes tipos de becas. Si están reguladas, al menos se diferencian cuatro. 

1. Prácticas académicas externas lectivas

Están reguladas que regula el real decreto 592/2014 y que pueden ser curriculares y extracurriculares. Las primeras se configuran como actividades académicas integrantes del plan de estudios y, las segundas, se realizan con carácter voluntario y, aunque no forman parte del plan de estudios, tienen fines formativos. ¿Se cobra? El artículo 9 de este real decreto se refiere a los derechos y deberes de los estudiantes en prácticas y, en su apartado D, menciona que los jóvenes tienen derecho «a percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio». Si no se estipula, no. En todo caso, son las que más sentido tienen como beca formativa, según considera González del Rey.

2. Prácticas académicas externas no lectivas y con contraprestación económica

Reguladas mediante el real decreto 1493/2011 que contempla el alta en la seguridad social de los jóvenes que participen en programas de formación. 

3. Prácticas no laborales en empresas

También con alta en la seguridad social y reguladas por el real decreto 1543/2011. Estas prácticas son formalizadas por las empresas con los servicios públicos de empleo y están dirigidas a jóvenes de entre 18 y 25 años que, debido a su falta de experiencia laboral, tengan problemas de empleabilidad. El real decreto indica, además, la cuantía de la beca será, como mínimo, del 80% del IPREM mensual vigente en cada momento. González del Rey explica que esta modalidad se creó para luchar contra el desempleo laboral de los jóvenes recién titulados y «están en la frontera del contrato en prácticas porque no son contratos de trabajo, sino becas con seguridad social y que surgen de convenios entre los servicios públicos de empleo y las empresas». 

4. Contratos de trabajo en prácticas y para la formación y el aprendizaje

Aparecen en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores. Son los llamados contratos formativos, dirigidos en principio a jóvenes de entre 18 y 25 años, aunque con la crisis se han extendido hasta los 30 años. Tienen una duración mínima de un año y máxima de tres, y la retribución económica no puede ser inferior al salario mínimo interprofesional. 

«Fuera de estas figuras, hay muchos sistemas, incluso sin cobertura de beca, con nombre de prácticas, con o sin remuneración, que en muchos casos son bolsas de fraude y abusos», indica González del Rey, que deja claro que el fraude y el abuso llegan cuando la función productiva prevalece sobre la formativa. «Son muchas las prácticas no regladas, a las que no se les da cobertura con contrato ni con beca regulada», asegura el catedrático de la Universidad de Oviedo, que pone como ejemplos a los becarios de los restaurantes y a las pasantías de abogados, aunque es algo que ocurre en prácticamente todos los sectores. «Pese al esfuerzo por parte del gobierno de regularizar la situación, sigue haciendo una bolsa enorme, al igual que la de falsos autónomos», indica. 

Una característica común de quienes pasan por un periodo de prácticas es la capacidad de aguante si la situación está fuera de la legalidad. «Si la situación de fraude y abuso no son desproporcionadas, la gente las asume. Piensan que están aprendiendo, pueden pasar un año, o seis meses, y lo asumes. Pero si es más tiempo y siguen sin pagar lo dejas, porque existe un margen de tolerancia», explica González del Rey, que diferencia entre los abusos tolerables y los intolerables y que deja claro que, pese a que no es lo habitual por miedo a no tener más oportunidad en el mercado laboral, los becarios «podrían denunciar la situación irregular en Inspección de Trabajo y además existe mucha jurisprudencia sobre ello».