Un juzgado de Avilés aplica por primera vez la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE y una empresa privada deberá abonar a dos empleados 20 días por año trabajado
20 oct 2016 . Actualizado a las 19:20 h.El Juzgado Social número 1 de Avilés acaba de dictar una sentencia en la que, por primera vez en Asturias, se tiene en cuenta la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a la hora de igualar la indemnización por despido procedente de los trabajadores eventuales y los fijos.
La sentencia reconoce a dos trabajadores de una empresa privada con contrato de obra y servicio el derecho a percibir una indemnización por despido de 20 días por año trabajado, la misma que hubiesen recibido en el caso de haber sido empleados fijos. En concreto, la sentencia fija para ambos indemnizaciones de más de 13.200 y 10.700 euros, respectivamente, según informa UGT, cuyos servicios jurídicos han llevado el primer caso conocido sobre este asunto en la comunidad.
El fallo considera que, si bien los trabajadores demandantes no habían suscrito un contrato de interinidad, como en el caso de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, sí que habían suscrito otro tipo de contrato temporal -por obra- cuyas consecuencias en materia de extinción también difieren de las habidas para con los trabajadores con contrato indefinido en supuestos iguales. Según el tribunal avilesino, la directiva europea, por lo tanto, también es aplicable a este caso con lo que los trabajadores despedidos deben de ser objeto del mismo trato y de las mismas indemnizaciones que les hubiesen correspondido de ser empleados fijos.
No obstante, UGT ha advertido de que hay que recibir este fallo con cautela porque contra él aún cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias y porque el Tribunal Supremo aún no ha resuelto nada respecto a esta doctrina.