Un millar de profesores podrán verse beneficiados por esta medida
22 nov 2016 . Actualizado a las 12:40 h.Los profesores interinos que cumplan los requisitos podrán incorporarse el próximo curso al plan de evaluación docente, un sistema de incentivos económicos de entre 132,18 y 206,53 euros mensuales, en cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Oviedo. La resolución judicial, dictada el pasado 10 de octubre y declarada firme tras la decisión de la Consejería de Educación de no recurrirla, había estimado el recurso de un interino que acumulaba dieciséis años de servicio y anula la resolución administrativa que excluía a este colectivo del plan para el curso 2015/2016. La inclusión de este colectivo para el próximo curso ha sido anunciada por el consejero de Educación, Genaro Alonso, que ha cifrado en torno a un millar el número de profesores que podrán verse beneficiados por esta medida. Pese a no querer avanzar datos del presupuesto de su departamento para 2017, el consejero ha apuntado que «tendrá que haber» fondos para afrontar un gasto del que había advertido de que tendría «fuertes repercusiones» económicas cuando se hizo pública la sentencia.
El Juzgado de Oviedo apoyó su decisión en una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que dictaminó que la exclusión de los interinos del plan de evaluación docente, era contraria a la directiva sobre el trabajo de duración determinada. En un auto en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por el magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 1 de Oviedo, el TJUE advertía de que la exclusión de los interinos es contraria a la cláusula cuarta de la directiva. Dicha cláusula establece que, «por lo que respecta a las condiciones de trabajo, no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas». El TJUE subrayaba que «un elemento retributivo en forma de incentivo debe, como condición de trabajo, concederse a un trabajador con contrato de duración determinada en la misma medida que a un trabajador fijo».