Asturias: algunas propuestas de reforma institucional

ASTURIAS

PACO RODRÍGUEZ

El profesor de Derecho Constitucional Presno Linera apunta, en víspera de la celebración del día del Principado, por dónde debería ir una modificación del Estatuto de Autonomía, en participación ciudadana y legislación electoral

07 sep 2016 . Actualizado a las 22:52 h.

Asturias accedió a la autonomía política garantizada por la Constitución con la aprobación de su Estatuto de Autonomía a finales de diciembre de 1981, por lo que hubiera sido un detalle que, ya puestos, el anterior jefe del Estado firmase esta Ley Orgánica en la estación de esquí de Valgrande-Pajares y no, como hizo, en Baqueira Beret. En todo caso, ha pasado tiempo suficiente desde entonces para que en Asturias se consolide un sistema político e institucional propio que permita que el pueblo asturiano gobernado sea, en la mayor medida posible, pueblo gobernante.

Ese sistema depende, en buena medida, de normas estatales como la Constitución y el Estatuto de Autonomía, pero también de lo que las instituciones políticas asturianas quieran hacer y aquí, en mi opinión, se pueden realizar importantes mejoras; por ejemplo, en materia de participación ciudadana en los asuntos públicos habría que potenciar las iniciativas populares -reformando la ley reguladora-, la presencia e intervención directa de ciudadanos y entidades sociales en los debates políticos de la Junta General del Principado, modernizando para ello su reglamento, y las consultas periódicas sobre asuntos de interés general, lo que requiere aprobar una norma propia de la comunidad.

También sería bueno, en términos democráticos, que el segundo intento de reforma de la legislación electoral asturiana diera lugar a una norma que, como mínimo, asegure el igual valor del voto, con independencia del lugar en el que se emita y la opción política por la que uno se decante; que garantice la participación efectiva de las personas asturianas residentes en el extranjero y la dedicación exclusiva a un cargo electo, introduciendo incompatibilidades estrictas entre los cargos de concejal o alcalde y parlamentario e, incluso, entre la de diputado y miembro del Consejo de Gobierno, incorporando la figura de la sustitución temporal de los diputados nombrados consejeros o ministros.

Finalmente, a diferencia de algunos parlamentarios asturianos, no creo en las bondades de la singularidad de nuestro sistema de investidura, que favorece el nombramiento de presidente a costa de cercenar la libertad de nuestros representantes, que no pueden votar No sino, como mucho, abstenerse. Por tal motivo, considero que esta anomalía no debe exportarse sino más bien reformarse, pues entiendo que se ajusta mejor al modelo de democracia moderna el mecanismo que permite votar en contra de un concreto candidato porque no se trata de formar a toda costa un gobierno impidiendo votar No, sino de que el Gobierno que se forme cuente con un respaldo suficiente en la Cámara. Para ello serán, en su caso, necesarios pactos políticos, que son, sobra casi decirlo, la esencia del parlamentarismo. Por otra parte, el modelo asturiano puede evitar elecciones inmediatas pero no nuevos comicios a corto plazo, como ocurrió en 2012 al no tener Foro apoyos para gobernar. En suma, la superación de las situaciones de bloqueo exige llegar a acuerdos, algo esencial en la vida política democrática, no generalizar un modelo que cercene la libertad de los parlamentarios y menoscabe, en última instancia, la voluntad expresada en las urnas.

Pero no se trata únicamente de mirar hacia dentro de la comunidad, sino de promover desde aquí reformas que contribuyan a mejorar la calidad de la democracia española. Y en este ámbito ya tenemos un precedente cercano en el tiempo y al que no se le ha dedicado mucha atención, al menos si nos atenemos al eco que ha tenido en los medios de comunicación: el 24 de mayo de 2013 el Parlamento asturiano aprobó una propuesta de reforma de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución española con el objeto de mejorar la regulación de las iniciativas legislativas populares, las consultas por vía de referéndum y la iniciativa para impulsar cambios constitucionales. Era la primera vez que tal cosa ocurría en España y hasta la fecha no se ha repetido. Esta iniciativa, fruto del ejercicio del derecho colectivo de petición impulsado por 7.700 personas, está pendiente de debate en las Cortes Generales y evidencia que desde Asturias y, claro, desde las demás Comunidades, se puede contribuir de manera importante a la consecución de una sociedad democrática avanzada.

Es obvio que el progreso de una comunidad depende, además, de cuestiones sociales, económicas, educativas, culturales, demográficas, y en Asturias debemos hacer frente a problemas importantes en todos esos ámbitos y no exclusivamente en el plano político-institucional. Parafraseando a Albert Camus (Moral y política), estas palabras afirman simplemente que aunque la lucha es difícil, las razones para luchar, al menos, siguen estando claras.