Para ser «influencer» hay que tener un millón de seguidores e ingresar más de 300.000 euros

La Voz MADRID / EUROPA PRESS

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Dulceida en la alfombra roja de los Premios Ídolo
Dulceida en la alfombra roja de los Premios Ídolo Kiko Huesca | EFE

El Gobierno aprueba el decreto que regula la actividad de estos creadores de contenido

30 abr 2024 . Actualizado a las 17:59 h.

El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que regulará la actividad de los influencers.En la norma se establecen una serie de requisitos para que una persona se pueda considerar como tal.

El real decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (influencers) en función de tres criterios.

El primero es económico. Hay que facturar, como mínimo, 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El segundo hace referencia a su audiencia y estipula que tienen que superar el millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en el global de su actividad.

El tercer requisito está vinculado a la actividad. Establece la necesidad de que hayan publicado o compartido 24 o más vídeos al año.

Todos los influencers que cumplan estos criterios deberán inscribirse, en el plazo de dos meses, en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia.

A partir del momento de su inscripción estarán obligados a cumplir con la normativa en materia de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual, como identificar los espacios publicitarios o no hacer publicidad de tabaco, medicamentos o alcohol, Sus obligaciones se homologarán con la de otros agentes audiovisuales.

Publicidad y contenidos por edades

Según ha explicado el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, el real decreto para la regulación de la actividad de los influencers en internet también les obliga a identificar de forma expresa la publicidad y a etiquetar el contenido por edades.

«Son cada vez más importantes los creadores de contenidos audiovisuales en las redes y, por lo tanto, se hace necesario homologarles, en algunos aspectos, con otros actores en este ámbito audiovisual», ha afirmado Escrivá en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros.

Así, en el ámbito de la protección de los menores, se les obliga al uso de herramientas de identificación digital de edad si el contenido es inapropiado para los menores.

Los influencers también tendrán que etiquetar los contenidos que lanzan en las redes desde el punto de vista de la edad a la que van dirigidos. Lo deberán hacer con un código de conducta que tendrán que acordar con los reguladores en este ámbito: la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Respecto a la publicidad, que para el ministro es «un ámbito muy relevante», tendrán que identificar y etiquetar de una forma expresa el contenido publicitario y no podrán hacer publicidad de tabaco, de alcohol o de medicamentos y tampoco podrán publicitar anuncios que generen un perjuicio psicológico o físico a menores.

Según ha defendido el Gobierno, esta regulación da «mayor protección a los consumidores y más seguridad jurídica» a estos usuarios, que han alcanzado un «notable volumen económico» en las plataformas de intercambio de vídeos a través de las que difunden sus contenidos.