¿El tabaquismo justifica la retirada de la custodia compartida a un padre?

ASTURIAS

Pilar Canicoba

Los expertos avalan la sentencia porque dicen que debe primar la defensa del menor

07 feb 2019 . Actualizado a las 16:31 h.

¿Es justificable la retirada de la custodia compartida a un padre por exponer a sus dos hijos a un ambiente cargado de humo por su adicción al tabaco? La sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba que así lo avala ha generado un debate social, pero entre los juristas consultados apenas hay debate. El derecho a la protección de los menores, en este caso a preservar su salud, está por encima de la adicción del padre, y más cuando fue advertido de su conducta, cuando es consciente de los riesgos de los efectos del tabaquismo pasivo y cuando tiene otras opciones, como fumar en el balcón o en la calle sin poner en peligro la salud de los menores. El fallo también lo han defendido, con matices, expertos del ámbito médico, de la psicología, de la sociología e incluso asociaciones de padres y madres separados. Es más, es probable que a partir de ahora se emitan sentencias parecidas en casos similares.

CARMEN L. RENDO (JURISTA)

«Se ha protegido el interés de los menores». «La sentencia puede sonar rara, pero no es una barbaridad. Es la actitud irresponsable del padre, que no es capaz de controlarse para no fumar en sitios cerrados delante de sus hijos, lo que no puede permitirse. Lo que ha hecho la audiencia es proteger el interés del menor», explica Carmen L. Rendo, vocal de la Asociación Española de Abogados de Familia. E insiste en el hecho de que la decisión se tomó a partir de la «propia declaración que hacen los menores en la exploración que practica la juez. De forma espontánea dicen que viven en un ambiente cargado de humo». «El padre -añade- tenía otras opciones, como fumar en la terraza o en la calle o ponerse en manos de un profesional para que le quite la adicción. No se juzga simplemente el hecho de que fume delante de sus hijos, sino su actitud irresponsable hacia ellos».

IGNACIO BERMÚDEZ DE CASTRO (ABOGADO)

«Es un fallo lógico». El abogado de familia Ignacio Bermúdez de Castro coincide con los argumentos de su colega. «Estamos hablando de un caso extremo, pero el fallo en ningún caso me parece descabellado, sino lógico, y más cuando se han denegado custodias compartidas por cuestiones menos importantes», advierte. «No puede ser que exista un cuidado extremo para proteger a los niños del tabaco y sea el padre el que les eche el humo encima», advierte. Y recuerda que fueron los pequeños los que le expusieron de forma voluntaria el problema al juez.

VICENTE ESCUDERO (TERAPEUTA FAMILIAR UDC)

«Es un indicador de negligencia en el cuidado de los hijos». El psicólogo Valentín Escudero, director de la Unidad de Investigación en Intervención y Cuidado Familiar de la UDC, está en general de acuerdo con la sentencia, pero introduce un matiz. «Habría que ver si al padre pidió ayuda para salir de su tabaquismo». Si no hizo nada y siguió fumando en casa delante de sus hijos entiende la actitud de la jueza, más que nada porque la actitud del progenitor revela una irresponsabilidad y dejadez que podría trasladarse a otros ámbitos. «Si no es capaz de salir al balcón para fumar puede ser, desde el punto de vista psicológico, un indicador de negligencia en el cuidado de sus hijos, que es lo que pudo haber visto la juez».

JOSÉ LUIS BALLVÉ (MÉDICO)

«Incluso cuando el niño no está en casa, tampoco se debería fumar». «Me parece muy bien, es algo absolutamente lógico», explica el médico José Luis Ballvé, autor de varios estudios sobre el efecto del tabaquismo pasivo en los niños. «Nunca se puede fumar en casa -advierte-, ni siquiera en una ventana, porque la salud de los pequeños se ve comprometida. E incluso cuando el niño no está, tampoco se puede fumar, porque en el recinto cerrado quedan las partículas dañinas para la salud».

RAQUEL MARTÍNEZ BUJÁN (SOCIÓLOGA DE FAMILIA)

«Hay que tender a que las custodias sean compartidas». La socióloga de familia de la UDC Raquel Martínez Buján advierte que necesitaría conocer el caso más profundamente para emitir un juicio, pero en una primera lectura es más crítica que sus colegas. «Yo creo -explica- que hay que tender a que las custodias sean compartidas y que el tabaquismo no tiene que ver con la crianza. No sé hasta qué punto se puede traducir en un mal cuidado de los hijos». Y entiende que la juez «observó otros malos cuidados en la crianza y creyó que esa era la fórmula legal para acreditarlo». Critica que en situaciones de maltrato de género en el hogar «siempre se intenta salvaguardar el derecho del menor a tener un padre y, por otra, se pierde con un hábito tan poco saludable como el tabaquismo. Si comparas una situación con otra, es poco comprensible».

ELISARDO BECOÑA (CATEDRÁTICO PSICOLOGÍA)

«Es un toque de atención». El catedrático de Psicología de la Universidad de Santiago Elisardo Becoña, experto también en terapias para dejar de fumar, considera muy positivo el fallo, porque supone también «un toque de atención de las consecuencias negativas que tiene el tabaco». «En España -dice- existe una ley del menor, y está muy claro que hay protegerlo». Entiende que lo ocurrido en Córdoba es un caso puntual, porque «estoy casi seguro de que el 99,9 % de los once o doce millones de fumadores que hay en España no expondrían a sus hijos de forma innecesaria al humo del tabaco en ambientes cerrados». Pero, en cualquier caso, la considera positiva como toque de atención, porque «la salud, y más la de los niños, es un derecho fundamental que hay que proteger».