Todo lo que tienes que saber para cambiar el orden de tus apellidos

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Mabel Rodríguez

De tu padre y de tu madre. Tienes que llevar uno de cada uno, pero, dicho esto, a partir de los 16 tú eliges cuál quieres delante. Te contamos todo lo que necesitas saber para cambiar la tradición familiar

27 oct 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Pensar que te vas a llamar como figura en tu DNI sine die es cosa del pasado. Tus padres te pueden poner el nombre que más les guste, y que les ha costado tanto acordar en muchos casos, que ya verás tú de mayor si lo mantienes o lo cambias. Y lo mismo ocurre con los apellidos. Puedes salir del hospital con el de tu padre primero o con el de tu madre, que queda en tus manos darle la vuelta en el futuro. Cambiar la tradición es posible con la normativa vigente, que permite alterar el orden de los sobrenombres antes incluso de ser mayor de edad.

 ¿A qué edad se pueden cambiar los apellidos?

Antes había que esperar hasta cumplir los 18 para invertir el orden de los apellidos, sin embargo, con la nueva ley (20/2011) se puede hacer al soplar las 16 velas.

 ¿Qué necesito para cambiar los apellidos?

«Para todo cambio de nombre o apellidos tienes que acreditar su uso habitual», indican desde el Registro Civil. Desde el organismo público aclaran que tienes que aportar cuanta prueba documental tengas para justificar que eres conocido con ese nombre y esos apellidos. Es decir, facturas, recibos, correspondencia comercial, redes sociales, la tarjeta de la biblioteca, del bus, la sanitaria... Cuanta más y más diversa, mejor. No puedes aportar única y exclusivamente capturas de WhatsApp o del estilo, esto no es suficiente. Hay que acreditar que en todos los ámbitos sociales de tu vida se te conoce por ese otro apellido.

¿Qué documentos hay que aportar para hacer el cambio?

Hay que llevar la certificación literal de nacimiento, el DNI original y una fotocopia, y después acreditar si estás casado o tienes hijos, porque si esa persona finalmente cambia el nombre o los apellidos, también les tiene que constar a ellos. Pero lo más importante, insisten, es acreditar el uso habitual de ese nombre o de esos apellidos.

 Una vez aportada la documentación, ¿es inmediato el cambio?

No. Lo habitual es escribir un correo electrónico al Registro Civil solicitando información sobre el procedimiento. Y, una vez reunidos todos los documentos que se solicitan, debes pedir cita. Cuando se acuda al Registro Civil el día señalado hay que llevar todas las pruebas, y si son correctas, los cambios se aprueban ese mismo día. A veces la documentación que se aporta no es suficiente, y desde el Registro Civil pueden requerir más. El interesado puede llevar la que considera, pero también corre el riesgo de que se le deniegue en caso de ser insuficiente. A continuación, habría que realizar la inscripción, hacer la partida de nacimiento con el nuevo apellido, un trámite que no es inmediato, sino que una vez que está hecho se le manda al interesado por correo electrónico. A continuación, habría que pedir cita en la comandancia de la Jefatura Superior de Policía Oficina del DNI para informar de los cambios.

 Si yo me cambio los apellidos, ¿afecta a mis hermanos?

No. El cambio lo puede pedir una persona, pero no tiene por qué afectar al resto de los hermanos. Es voluntad de cada uno.

 Una vez que los padres eligen un orden para su hijo, ¿lo pueden cambiar?

No. Es decir, los progenitores cuando acuden a inscribir al bebé nada más nacer pueden elegir ponerle primero el apellido del padre o de la madre, el orden que quieran, pero si pasados unos años quisieran invertirlo, ya no se puede. Tendría que ser el propio niño, una vez que cumpliera los 16, el que tendría que solicitarlo. Y solo podría hacerlo una vez.

 ¿Y si uno de los padres cambia el orden de sus apellidos, eso afecta a los hijos?

En este caso habría que diferenciar, según indican desde el Registro Civil, si los hijos son mayores o menores de edad. Si tienen menos de 18 años, siempre les va a repercutir el cambio del padre o de la madre. Es decir, habría que cambiárselos automáticamente a los hijos, sin consultarles. En cambio, si es mayor de edad, habría que preguntarles si quieren que les repercuta o no. En cualquier caso, se hace constar que los apellidos de uno de los progenitores han cambiado.

 Si con mis apellidos tengo un hijo, y antes de tener otro, me cambio el orden. ¿Pueden tener los dos hermanos los mismos apellidos colocados al revés?

Los hijos van a tener siempre los mismos apellidos. Si tienes un hijo, y le pones, vamos a suponer, primero el del padre y luego el de la madre, y antes de tener al segundo, te cambias el orden de los tuyos, eso automáticamente le repercute al primogénito, por lo que al nacer el segundo hijo llevarían el mismo orden. Si son menores de edad, no se pueden tener dos hijos con diferentes apellidos. Sin embargo, si son mayores de edad, pueden tener diferentes apellidos.

 ¿Mi hijo puede llevar mi segundo apellido, aunque yo no lo lleve de primero?

Legalmente no puede, tiene que llevar primero el del padre o el de la madre. Pero si pasado un tiempo, reúne la documentación en la que se acredite que es conocido en sociedad con el segundo del padre, por ejemplo, con el carné de su equipo de fútbol... Si consigue demostrar el uso habitual, pasados unos años el interesado puede solicitar el cambio.

¿En qué casos se pueden unir los apellidos?

Normalmente, se unen los de la misma línea, es decir, por parte de padre o de madre. No se suele unir uno del padre y otro de la madre. Pero tiene que haber siempre un uso habitual y documentarlo. Acreditar que se viene usando así desde hace años, aunque hay excepciones, y aportar las certificaciones literales de nacimiento de los progenitores. Pero en caso de que se unan, tiene que quedar siempre uno de cada progenitor. No puedes poner unos apellidos que sean todos de tu padre, y dejar sin poner el de tu madre.

 ¿Cuáles son las excepciones?

Se puede alegar la unión o el cambio en caso de que los dos apellidos que tocan por el orden lógico suenen fatal, que sean de poco decoro. En ese caso no habría que acreditar el uso habitual. Tampoco en temas relacionados con víctimas de violencia de género. Eso sí, según señalan desde el organismo público, hay que realizar la solicitud y aportar la sentencia condenatoria conforme esa persona ha sido víctima de violencia de género.

 ¿Hay casos en los que alguien pida separarlos?

Existen casos de personas que habían unido los apellidos de adolescentes, y cuando fueron mayores de edad, solicitaron separarlos. Ha habido quien se ha encontrado con problemas a la hora de conseguir trabajo en Estados Unidos por tener dos apellidos compuestos, al no poder rellenar las casillas en las solicitudes.