Anulan el despido de un conductor de ambulancias de baja pillado por un detective cuando fue de tiendas
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Tenía esguince de tobillo pero conducía su coche a 140 km/h, paseaba con su pareja por centros comerciales e iba a recoger pedidos a «burgers»
10 dic 2023 . Actualizado a las 02:23 h.Un conductor de ambulancias privadas de Vigo que fue despedido tras siete meses de baja por realizar supuestas «actividades incompatibles» con un esguince de ligamento de tobillo ha logrado revocar su expulsión. La empresa desconfiaba de él y contrató a una agencia de detectives para que le vigilase. Los investigadores privados descubrieron que el técnico en emergencias sanitarias conducía su coche a 140 km/h «con destreza», paseaba de compras por un centro comercial con su pareja o recogía un pedido en un auto en un burger.
Pese a ello, tanto el juez que estudió su caso como el Tribunal Superior anularon el despido porque creen que la empresa se dejó llevar por la creencia social de que todos los empleados que están de baja por incapacidad temporal hacen fraude. Concluyen que la empresa no justificó el seguimiento de los detectives ni sus sospechas y que, en realidad, lo discriminó por tener una enfermedad asimilable a discapacidad.
En la carta de despido, la empresa desvelaba al trabajador que un detective privado le había hecho vigilancias en su casa a lo largo de cuatro días de la segunda quincena de septiembre del 2022. El investigador descubrió que el trabajador de baja, cada vez que salía de la vivienda para coger el coche, hacía un barrido visual de todos los vehículos aparcados en la zona para asegurarse de que no había miradas indiscretas. En un seguimiento, el investigador privado comprobó que el hombre, acompañado de su pareja, conducía «con total desenvoltura y mostrando buena destreza al volante» a 140 km/h por la VG-20. Luego, recogía a su vecina y los tres se iban de compras al centro comercial Vialia, «caminando perfectamente, sin ninguna limitación observable», a pesar de su dolencia de tobillo.
Al día siguiente, el detective vio el coche movido de sitio. Cuando el trabajador vigilado salió de la casa sospechó que lo vigilaban desde un coche y subió a la buhardilla y les apuntó desde la ventana con un arma de mira telescópica «de manera amenazante» y luego «exhibió una pistola». Esa medianoche, lo vieron dirigirse a una cadena de hamburgueserías de Gran Vía a recoger un pedido en auto. La siguiente vigilancia fue una semana después cuando el empleado dio derrapes y varias vueltas para despistarles. Al día siguiente, la agencia privada vio al empleado lesionado parar su coche alejado de la casa, atajar por un callejón estrecho hasta la vivienda, hacer un rastreo y, finalmente, aparcar. Tras leer el informe de los detectives, la empresa lo despidió un mes después.
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El Juzgado de lo Social número 4 de Vigo, en una sentencia de abril, declaró nulo el despido y condenó a la empresa a readmitirlo. Rechazó como prueba el informe del detective, centrada solo en cuatro días y recalcó que la dolencia era real, tenía pautado un tratamiento rehabilitador y faltaban pruebas de diagnóstico para resolver el proceso, sin fecha de alta. La firma recurrió y argumentó que desconocía el concreto estado de salud del empleado, más allá de sus partes de baja. Añadió que una patología como el esguince de tobillo debería impedir al lesionado conducir su propio vehículo.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en una resolución del 3 de noviembre, le replica a la empresa que el trabajador sí acreditó varios indicios de discriminación por una enfermedad con limitaciones de larga duración. Por contra, la empresa no mostró una sospecha razonable de que el trabajador hiciese actividades incompatibles y recordó que conducir una ambulancia ocho horas día tras día requiere una gran exigencia física. Entienden que no abusó de su situación.