La aplicación de cláusulas abusivas en los alquileres se dispara por la pandemia
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Hay propietarios que llegan a exigir por adelantado el pago de un año de renta
04 abr 2021 . Actualizado a las 09:36 h.La precaria situación que ha dejado la pandemia en gran parte de los bolsillos españoles ha provocado que muchos propietarios echen mano de herramientas de dudosa legalidad para asegurarse el pago de la renta cada mes. Penalizaciones, pagos desorbitados o incluso la exigencia de renunciar a derechos básicos son algunas de las cláusulas que se están aplicando en los contratos de alquiler que se firman en el año de la pandemia. Las que muchos ya han bautizado como «cláusulas covid» se han convertido en un quebradero de cabeza para los inquilinos, que ven cómo sus derechos básicos se menoscaban sin contar con la información ni las herramientas necesarias para parar esos abusos. «Sí que hemos notado un aumento en las consultas por la aplicación de cláusulas abusivas en los contratos de alquiler. Los arrendatarios ponen más trabas en los contratos e intentan incluir una serie de cláusulas muy restrictivas y limitativas», explica Elena Ruiz, abogada experta en derecho inmobiliario de Cañizares Abogados. La situación se agrava, alerta, en los mercados tensionados: «Muchas veces se aprovechan de la situación de vulnerabilidad de la gente. Si la alternativa a lo que te ofrecen es, directamente, quedarte en la calle, pues no tienes nada que hacer y acabas aceptando las condiciones que te imponen».
Suministros
A nombre del inquilino. Asegura la experta de Cañizares Abogados que una de las consultas que más le llegan a su despacho tiene a los contratos de suministros como centro de la polémica. Y es que muchos arrendadores están obligando a sus inquilinos a poner a su nombre los contratos de agua, luz y gas. «Se puede hacer y pueden llegar las dos partes a un acuerdo para que así sea, pero en ningún caso te pueden obligar. Eso es un abuso», explica Elena Ruiz quien añade que con esta treta lo que intentan los dueños de la vivienda es evitar que, en caso de que dejen de pagar las facturas, a ellos no se les pueda reclamar nada.
moratorias
Renunciar a este mecanismo. Con motivo de las consecuencias económicas que traería consigo la pandemia, el Gobierno sacó en marzo del año pasado un decreto ley que permitía a los inquilinos acogerse a una moratoria en el pago de su alquiler si su situación había empeorado por culpa del covid-19. Sin embargo, muchos propietarios están buscando toda clase de argucias para evitar que sus inquilinos puedan echar mano de esta ayuda. Tal y como explica Elena Ruiz, hay arrendatarios que están incluyendo en sus contratos una cláusula que obliga a los inquilinos a renunciar a dichas moratorias: «Evidentemente que se trata de una cláusula abusiva, porque no es un punto que se negocie individualmente, es algo que está imponiendo el propietario y, en caso de no aceptarlo, directamente no te alquila la casa», explica la experta.
pago por adelantado
Exigir más de dos mensualidades. La terrible situación económica que atraviesan muchas familias está provocando un aumento de la desconfianza en los caseros. Para cerciorarse de la solvencia de los futuros ocupantes de su vivienda, algunos llegan a pedir el pago por adelantado de más de dos mensualidades: «Nos hemos llegado a encontrar casos de gente que pide abonar hasta seis meses por adelantado. Eso es mucho dinero, es una barbaridad», explica la experta. Y hay quien ha llegado a denunciar casos en los que se pedía un año entero de renta. Tal y como recuerda Elena Ruiz, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) solo permite exigir un mes por adelantado: «Ni siquiera se puede exigir dos, así que mucho menos seis meses. El problema es que mucha gente es desconocedora de esta información y cede».
retrasos en el pago
Ni una sola falta. En caso de que se falle en el pago de una única mensualidad, esta cláusula permitiría al propietario rescindir de manera inmediata el contrato y obligar a que se marche el inquilino. «Eso es abusivo», sentencia Elena Ruiz. Y es que la LAU da protección a los arrendadores de tal forma que, si se deja de pagar tres meses, este tendrá derecho a echar al arrendatario. Pero no cuando esto sucede de manera puntual un solo mes: «Conozco casos en los que se ha fallado un mes y los inquilinos han pagado al mes siguiente la mensualidad pendiente y la correspondiente a dicho mes. Y en ese caso el propietario no ha querido coger ninguna de las dos obligándoles a marcharse», relata. Asegura que, ante esta situación, se está demostrando que existe la intención de pagar, por lo que se están vulnerando los derechos del alquilado.
Indemnizar al dueño
¿Y si nos vamos antes de tiempo? La ley, explica la abogada, es muy clara a este respecto. La norma dicta que, si el inquilino quiere abandonar el piso tiene que avisar con 30 días de antelación. Sin embargo, hay propietarios que están exigiendo una indemnización en caso de que no se cumpla la fecha de finalización del contrato firmado entre ambas partes. Es decir, hay quien exige pagos desorbitados a aquellos que deciden hacer las maletas y marcharse aún cuando el contrato de alquiler está vigente. Y eso, a todas luces, es abusivo. «Si la persona cumple y avisa con 30 días de antelación, el propietario no tiene derecho a reclamar ningún tipo de indemnización, ni una anualidad ni mensualidad de ninguna clase. La ley no recoge ese derecho de ninguna manera».