El Supremo sostiene que el «decreto 3+2» no discrimina ni a los alumnos con menos recursos, ni a los que tienen peor nota

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M.MORALEJO

Este decreto permite que las universidades puedan diseñar títulos universitarios de 180 créditos (tres años) y másteres de 120 (dos años) con el objetivo de homogeneizar los estudios españoles con los de otros países europeos, que siguen este sistema

10 mar 2017 . Actualizado a las 14:13 h.

La Sala Tercera de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo sostiene que el Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, conocido como «3+2», que permite que las universidades puedan diseñar títulos universitarios de grado de 180 créditos (tres años), no vulnera el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación de los alumnos con peores notas o los que tienen menos recursos.

El Alto Tribunal ha rechazado el recurso presentado por la Federación de Enseñanza de CC.OO a la norma aprobada por el exministro de Educación José Ignacio Wert, rechazado por gran parte de la comunidad universitaria. La fórmula elegida por España para su incorporación al Espacio Europeo de Educación Superior, más conocido como Plan Bolonia, fue de «4+1», es decir, cuatro años de grado (240 créditos) y uno de máster (60 créditos).

«La previsible opción por los tres años de grado y dos de máster que cursarán estudiantes de menores recursos económicos o los estudiantes con peores calificaciones para obtener el grado con celeridad no deja de ser un hipótesis, que no va acompañada de sustento justificativo alguno, y que desde luego no pone de manifiesto el carácter discriminatorio de la norma», asevera en la resolución.

El Supremo señala que en estos momentos la norma impugnada pretende «nivelar u homogenizar» la duración de los estudios universitarios con respecto a otros países del Espacio Europeo de Educación Superior -la mayoría tiene una estructura de «3+2»- y «favorecer la movilidad de los estudiantes españoles hacia el exterior y de los extranjeros hacia España».

Defiende que la reforma, que permite que haya títulos de 180 créditos y másteres de 120 para el acceso a programas de doctorado, «trata de paliar la desigualdad» que para cursar estos estudios terciarios, que precisa de 300 créditos, «se producía entre estudiantes españoles y los de otros países europeos». También indica que esta nueva ordenación académica «no guarda relación ni tiene incidencia alguna» sobre el sistema de becas porque el decreto impugnado no lo regula.

Desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte indican, tras conocer la sentencia, que en el seno del Consejo de Universidades -presidido por el ministro e integrado por los rectores de las universidades españolas- se está trabajando por un acuerdo en el que se dé «publicidad y seguridad» a los ciudadanos sobre la duración o carga lectiva que tienen que tener los estudios universitarios oficiales de Grado en España.

El ministro Íñigo Méndez de Vigo se ha mostrado partidario de establecer un listado para que los títulos que no pueden ofertarse en la modalidad de tres años -todos los preBolonia-, como le ha solicitado CRUE Universidades Españolas en reiteradas ocasiones. Los rectores han pactado hasta en dos ocasiones una moratoria para la aplicación del «decreto 3+2».