La Voz de Asturias

Dos nuevas sentencias anulan la compra de acciones del Banco Popular en Oviedo

Oviedo

Banco Popular

La Unión de Consumidores anima a los afectados por el engaño a reclamar la nulidad de la compra y recuperar su dinero a través de la asociación

28 Jan 2019. Actualizado a las 22:19 h.

Dos nuevas sentencias de los juzgados de Oviedo anulan la compra de acciones del Banco Popular en Bolsa realizadas antes y después de la ampliación de capital del 2016. José Antonio Ballestero, abogado de la Unión de Consumidores, ha sido el encargado de representar a los afectados en estos dos nuevos casos. En ambos se ha estimado la anulación de la compra con imposición de costas al Banco, debido a que la información financiera proporcionada por la entidad no era veraz desde el año 2012.

La primera sentencia de 9 de enero de 2019 del Juzgado de Primera Instancia nº4 de Oviedo anula dos compras de acciones llevadas a cabo por un matrimonio. Una en abril de 2016 por la propia iniciativa del marido tras analizar la situación financiera del Banco Popular, según lo que su web publicaba y, la segunda, en el marco de la ampliación de capital en junio de ese mismo año tras una reiterada recomendación por el personal del banco.

En segundo lugar, la sentencia de 11 de enero de 2019 del Juzgado de Primera Instancia nº3 de Oviedo, anula otras dos compras de acciones también ejecutadas en Bolsa, una en marzo y otra en diciembre de 2016, por una sociedad del sector de inversiones mobiliarias.

Ambas sentencias anulan la compra de acciones debido a la información no veraz publicada por este, lo que determina su legitimación pasiva. Confirman también la viabilidad de la acción de nulidad de la compra de acciones pese a la regulación en la Ley de Mercado de Valores de la responsabilidad por la falta de veracidad del folleto. El propio Tribunal Supremo declaró que es posible la anulación de las compras de acciones cuando la información del folleto no es veraz en las sentencias del caso Bankia, del tres de febrero de 2015. 

En la primera de las sentencias se examinan las pruebas y alegaciones de las partes sobre la veracidad de la información publicada por el banco sobre su situación financiera y se prueba que la misma es falsa, al menos, desde el año de 2012. La Unión de Consumidores anima a los afectados por el engaño en la compra de acciones del Popular-Santander a reclamar la nulidad de la compra y recuperar su dinero a través de la asociación

 

 


Comentar