La Voz de Asturias

Así se legisla en España

Opinión

Gonzalo Olmos
Alberto Casero, diputado del PP por Cáceres, votó por error a favor de la reforma laboral.

08 Feb 2022. Actualizado a las 05:00 h.

Tiene su gracia que el error de un diputado del Partido Popular con el voto telemático haya deparado, por la mínima, la convalidación del Real Decreto-Ley 32/2021, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de estabilidad en el empleo y transformación del mercado de trabajo. Estaremos atentos a lo que resulte de la impugnación que su partido anuncia, ante el Tribunal Constitucional y donde haga falta, aunque a primera vista parece complicado acreditar que haya sido un error informático y no humano, como se aduce. Desde luego, si ha sido cosa de hacer click en la casilla equivocada, tarea no particularmente complicada, es más cómico que trágico. Demuestra que la Ministra Yolanda Díaz, además del aura de ser una dirigente más solvente que la media y probablemente bienintencionada (ya veremos si el infierno está empedrado de sus buenos propósitos) tiene baraka, así que máxima atención. El papel de jugadores de póker de fuerzas como Esquerra Republicana de Cataluña y Partido Nacionalista Vasco, ya sabemos que es parte del juego parlamentario, aunque con las cosas de comer no deberían tentar la suerte. En todo caso, que el destino de una de las modificaciones legales más importantes de la legislatura se decida de esta manera, y en una votación de convalidación del 32º Real Decreto-Ley del año, dice mucho, y no bueno, de la manera de legislar en este país (y no es de ahora).

La reforma laboral se anunció inicialmente no como un parche, sino como un cambio de paradigma regulatorio en el ámbito laboral. Venimos de un Estatuto de los Trabajadores aprobado por Ley 8/1980, con dos textos refundidos (1995 y 2015), remiendos, modificaciones, hipertrofias regulatorias en algunos aspectos e insuficiencias normativas en otros. Un modelo sobrepasado una y otra vez por las transformaciones del tejido económico y la dinámica de las fuerzas productivas, alterado a martillazos hasta la deformación, a golpe de crisis en la mayor parte de ocasiones. El objetivo de máximos no se ha cumplido tampoco esta vez, ni de lejos. Como tampoco se ha producido, y en buena medida era inevitable, la consabida derogación de la reforma laboral auspiciada por el Gobierno de Mariano Rajoy mediante el Real Decreto-Ley 3/2012; aquella reforma «extremely agressive» en términos de De Guindos (lo recordarán rindiendo cuentas de alumno aventajado al comisario Rehn, en tiempos de derrumbe).

La reforma introducida, eso sí, tiene la novedad, muy notable y patrimonio del Gobierno que la ha promovido, de ir en sentido distinto del ciclo al que la opinión pública estaba habituado: crisis - reforma acordada con el rechazo sindical - huelga general con impacto cada vez más limitado - consolidación de la reforma y hasta el siguiente episodio. Ahora se abordan aspectos relevantes, de manera bien diferente a la que estábamos acostumbrados, como la prioridad del convenio colectivo de sector en materias sensibles (empezando por la salarial); la aplicación del convenio del sector a las contratas y subcontratas en detrimento del de la propia empresa a la que se externaliza; o la consagración de la ultraactividad de los convenios (aunque la jurisprudencia mucho había hecho ya con la doctrina de la «contractualización» de los convenios expirados). La potencial corrección de la entonces llamada «devaluación interna», de la que se hizo uso merced a la anterior reforma (aquel tortuoso 2012) con la pretensión de reducir los costes laborales por esta vía, es muy significativa (aunque el descuelgue de los convenios no se haya tocado). Algo a saludar si no perdemos de vista que, si la ganancia de competitividad no viene por ese método (y mejor que no venga), deberá obtenerse por otro lado, por ejemplo, la modernización productiva. Respecto a la restricción de la contratación temporal, otro de los objetivos declarados de la reforma, está por ver si el efecto que tendrá será el perseguido y con qué intensidad, pues el trasvase de la contratación por obra y servicio (a extinguir) o eventual (donde se limitan supuestos y duración) a la contratación indefinida, no será automático, ni mucho menos. El mensaje que se traslada contra la temporalidad es claro, pero seguirá habiendo una importante litigiosidad en la materia y puede retraer las decisiones de contratación, sobre todo en empresas medianas y pequeñas.

O sea, que la reforma tiene su mérito, desde luego; pero estamos lejos de afrontar «los desafíos», como se dice en la langue de bois habitual. Y pensemos, por otro lado, que las mejoras perseguidas en la posición global de los trabajadores pueden ser en la práctica muy reducidas si, ya en otro campo distinto de la regulación laboral, pero tanto o más sensible, la capacidad adquisitiva sigue reduciéndose ante una inflación alta, que nos afecta sobremanera: los que tienen alguna capacidad de ahorro, viendo su esfuerzo desmerecer con la carcoma inflacionista; los que van más ajustados, sufriendo duramente el desequilibrio de que muchos bienes y servicios básicos suban sustancialmente más que salarios y prestaciones.

La reforma, por otra parte, tampoco extirpa la conflictividad que envenena las relaciones laborales en el nivel más pequeño, que es, por cierto, el que viven la mayoría de los trabajadores. El viejo debate, que el PSOE (o una parte importante de él) sí se atrevió a plantear a principios de este siglo, sobre la necesidad de un contrato laboral único (indefinido, claro) con indemnización por despido creciente en el tiempo pero previamente recaudada con aportaciones empresariales a lo largo de la vida laboral del trabajador (la famosa «mochila austriaca») no se ha atrevido nadie a retomarlo, más allá de aquellos flirteos. Algo que, por cierto, reduciría sobremanera la litigiosidad y trasladaría felizmente el centro de gravedad del debate de la entrada y salida de la relación laboral (en lo que hemos estado en gran parte de las reformas, centradas en el coste del despido y las modalidades de contratación) a las condiciones en que esta se desarrolla: horarios, salarios, formación, promoción, seguridad, conciliación, participación, evitación de jornadas parciales no deseadas, etc. Una alternativa posiblemente saludable, sobre todo en sectores de más movilidad y oferta de empleo, que de momento no aprovechamos.

Un mal endémico de la práctica política de este país es que, sobre esta materia, resulte imposible tener un trabajo reflexivo y legislativo de profundidad, sea la conformación del Gobierno y de las Cortes Generales la que sea. Una tarea que no se limite a reflejar la imposición de urgencia del Gobierno en tiempo de crisis, las más de las veces; o la mera reproducción del acuerdo de los interlocutores sociales, en quienes (y esto es perfectamente discutible) se ha acabado delegando por entero la función legislativa, desplazando a las propias Cortes, que no han tenido más capacidad que la de aceptar o rechazar lo acordado. Claro que un acuerdo de este tipo es una base mucho mejor que las precedentes reformas, rompe la dinámica de confrontación social en la materia y  constituye un logro muy notable, sobre todo si no se quiebra en cuanto emerja una aritmética parlamentaria distinta (y más de uno de los firmantes ya está probablemente pensando en ello). Abonados al Real Decreto-Ley, en esta como en otras disciplinas (véanse las kilométricas transposiciones in extremis de Directivas comunitarias que han seguido este desaconsejable cauce), estamos lejos del nivel de maduración y solidez que la política legislativa de este país requeriría. Necesidad que, en materia laboral, es particularmente intensa, con un modelo largamente fallido de alto desempleo, subempleo igualmente elevado y precariedad prácticamente constantes (algo que la reforma sólo intenta paliar); con un trabajo autónomo instalado para la mayoría de sus sufridores en la mera supervivencia; y con el mayor cambio de modelo productivo ya desplegándose: la automatización, la gig economy, el desplazamiento incluso del trabajo cualificado por la inteligencia artificial. De la reducción de jornada y los días laborables por semana, ya ni hablamos, claro.

 

 


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