La Voz de Asturias

Una sentencia de 30 folios y la «obsesión por borrarle de la vida de su hija»: la batalla judicial del padre de Olivia

Gijón

E. G. Bandera Gijon
Concentración en la plaza Mayor de Segovia en repulsa al asesinato de Olivia

La jueza que instruyó el caso le retiró la custodia a Noemí M. L., que este miércoles ingresó en la prisión de Asturias, tras argumentar en un extenso auto las razones por las que estaría mejor con su progenitor

03 Nov 2022. Actualizado a las 05:00 h.

El padre de la pequeña Olivia, Eugenio García, había logrado el pasado viernes la custodia de la niña tras cinco años de batalla judicial con su exmujer, Noemí M. L., que este miércoles ingresaba en el centro penitenciario de Asturias acusada del asesinato de su hija de 6 años. «Que a un padre le den la custodia es algo prácticamente inaudito, en los casos en los que ocurre es porque la madre lo ha tenido que haber hecho tan, tan mal para que se la retiren», explica Néstor Fernández, portavoz de la Asociación para la Custodia Compartida de Segovia, de la que es socio Eugenio y desde la que le han ayudado, legal y moralmente, en un proceso judicial muy largo y «muy trabado».

Noemí M. L. había denunciado a su exmarido en más de una veintena de ocasiones para que no viera a su hija y él había interpuesto también otras tantas denuncias por incumplimientos de sentencias. «Hay una diferencia fundamental y es que el objetivo de Eugenio siempre fue -mientras la niña residía en su Segovia natal- la custodia compartida con su madre, mientras que ella lo que quería es hacer desaparecer al padre de la vida de su hija», lamenta Fernández. La mujer se fue de Segovia en dos ocasiones a Gijón. En la primera, hace 10 meses, «sin ningún tipo de autorización ni de permiso por parte del padre ni de la autoridad judicial». Las denuncias de Eugenio, añade, se deben a incumplimientos de sentencias, ante este cambio de ciudad o en el régimen de visitas.

«En esa primera ocasión el juzgado le hizo volver a pesar de que ella argumentaba que ya que estaba ya en Gijón, aunque no hubiera pedido permiso, que la dejaran quedarse». La jueza, recuerda Fernández, «vio claro que no se puede conseguir de esa forma lo que iba a conseguir haciéndolo de manera correcta». Y, en la segunda ocasión, en la que la mujer ya alquiló el piso en el que residía desde hace tres meses en la avenida de Gaspar García Laviana con su hija, ya se marchó de Segovia con autorización judicial.

«El traslado -considera Fernández- no corresponde a ninguno de los argumentos que habitualmente se utilizan para irte con tu hijo a otra ciudad porque quieres rehacer tu vida como un arraigo social, un núcleo familiar o una pareja. Solo una oferta laboral absolutamente vinculada a su trabajo anterior con un solo objeto, que era la obsesión que tenía por desvincular a la niña, no ya solo de su padre, sino de todo su entorno paterno y familiar».

El presidente de la Asociación para la Custodia Compartida de Segovia, en ese sentido, asegura que esa fue la razón de hecho para que a Noemí M. L. le retirasen la custodia de Olivia, «porque estaba realizando un tipo de maltrato hacia la menor que es intentar desarraigarla totalmente de su otra parte de la familia». No es habitual, dice, que una sentencia de este tipo tenga una extensión mayor de uno a tres folios y la jueza que instruyó el caso argumentó las razones de esa retirada de la custodia en más de 30 páginas «que lo mejor para la niña es que estuviera bajo la custodia del padre».

Tras conocer la decisión judicial, Eugenio García, que estaba pasando unos días con Olivia, dejó a su hija el viernes en la casa de su madre en Gijón con un «te veo el martes». El fallo judicial indicaba que, durante los fines de semana unidos a puente, la niña se quedase con la madre. Olivia falleció el sábado y su madre fue detenida el pasado domingo, cuando ya se descubrió lo ocurrido en el piso de El Llano tras la alerta dada por los familiares que no consiguieron contactar con ella.

Noemí M. L., de 48 años, ha pasado su primera noche en la cárcel asturiana, acusada de un delito de asesinato, con la agravante de parentesco, y sin derecho a fianza. La decisión del juzgado coincide con la solicitud de la Fiscalía de Asturias, que, basándose en la gravedad de los hechos, también consideró que podían constituir un delito de asesinato sin perjuicio de la calificación posterior y ante «lo elevado de las penas que, en caso de condena, podrían imponerse a la detenida».

Desde la Asociación para la Custodia Compartida de Segovia están valorando ejercer la acusación particular para conseguir, dice Fernández, la prisión permanente revisable. «El asesinato de Olivia nos rompe, hemos sido testigos de la lucha de un gran padre que ahora lo ha perdido todo», decían el pasado martes en la concentración que la asociación convocaba en Segovia tras el funeral de la pequeña en Torrecaballeros, el pueblo de su familia paterna y en donde las banderas, como en Segovia, siguen ondeando a media asta en su recuerdo.


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