Un exalcalde de Teverga tendrá que pagar 11.000 euros por contratar a su hija
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El socialista José Belarmino Álvarez, condenado a devolver las subvenciones cobradas ilegalmente por la contratación de su hija
28 Sep 2018. Actualizado a las 18:07 h.
El exalcalde de Teverga, el socialista José Belarmino Álvarez, ha sido condenado a pagar 11.074 euros al Ayuntamiento en concepto de devolución de las subvenciones cobradas ilegalmente por la contratación de su hija, en el marco de un plan de empleo subvencionado por el Principado, al no haber respetado el principio de publicidad.
Contra esta sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Oviedo cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Oviedo.
El tribunal de la Audiencia ya había condenado al ex alcalde por un delito de prevaricación administrativa por la contratación de su hija a una pena de inhabilitación de siete años para ejercer cargos públicos en un juicio donde el abogado que representa al ayuntamiento tevergano, Gonzalo Botas, había solicitado la reserva de acciones civiles.
En la sentencia que obliga ahora al ex alcalde a devolver el dinero de las subvenciones, el magistrado estima toda la argumentación del Ayuntamiento y ha instado a que, a los 11.074 euros que reclamaba el letrado Botas se sumen también los intereses legales.
La Audiencia consideró acreditado que el ex alcalde suscribió con su firma dos resoluciones que facilitaron la contratación de su hija para la realización de prácticas profesionales no laborales, en el marco del Plan de Empleo para Jóvenes 2013-2014, subvencionado por la Consejería de Economía del Principado.
Esta contratación la había hecho, según el tribunal, «a sabiendas» de que con ello se vulneraba el principio de publicidad, contemplado en la base segunda de la convocatoria y habían considerado «arbitrarias» sus dos resoluciones porque acotaban los perfiles de la selección a los requisitos de índole geográfico y profesional que reunía su hija, que fue la única candidata.
La primera resolución del ex alcalde fue anulada por sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Oviedo, al considerar que la restricción geográfica de la convocatoria, limitada a Teverga, contradecía los principios constitucionales de publicidad e igualdad en el acceso a un empleo público y posteriormente fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).
La segunda resolución acordaba solicitar al Servicio Público de Empleo del Principado un ingeniero técnico con la especialidad de forestal, con lo que individualizaba el perfil de los candidatos «ajustándolo a la titulación y especialidad de su hija«, que fue la única candidata que concurrió a la selección y consiguió su contrato laboral.