La Voz de Asturias

Un juzgado reconoce más de 1.800 euros de pensión de viudedad a una mujer divorciada que fue víctima de violencia machista

Asturias

E. G. B. Redaccion

La Seguridad Social se la había denegado argumentado que la pensión compensatoria había quedado extinguida y además no existía sentencia firme sobre los malos tratos sufridos durante el matrimonio

01 Jun 2024. Actualizado a las 05:00 h.

Una mujer divorciada que fue víctima de violencia machista ha logrado que un juzgado le reconozca su derecho a una pensión de viudedad que fue denegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que también le ha tenido que abonar más de 46.000 euros en atrasos. La concesión de la pensión, que asciende a más de 1.800 euros según el auto judicial, había sido rechazada inicialmente por la Seguridad Social argumentando que no recibía pensión compensatoria alguna en el momento en el que falleció su exmarido.

La mujer, que solicitó la pensión de viudedad en 2022, estuvo representada por Daniel Sánchez Díaz, graduado social que ejerce en el despacho asturiano Adhoc Servicios Jurídicos, que impugnó la resolución de la Seguridad Social invocando la condición de víctima de violencia de género pese a que no existía una sentencia judicial al respecto.

En este sentido, Sánchez Díaz recuerda que, en el caso de las personas divorciadas que han sido víctimas de violencia de género, la pensión de viudedad se lucra porque se supone que la víctima puede haber renunciado a la pensión compensatoria para poder llegar a la separación, además de acreditarse la condición de víctima mediante sentencia firme.

En este caso, se había establecido una pensión compensatoria a la fecha del divorcio, pero ya se había extinguido hace casi 10 años al ser temporal. Además, al no disponer de una sentencia firme sobre el maltrato psicológico y físico sufrido mientras duró el matrimonio por la mujer y el hijo que tuvo con el fallecido, se tuvo que acreditar su condición de víctima por otros medios de prueba, entre ellos una denuncia policial interpuesta en 2003 y varios informes médicos que acreditaban por ejemplo que tanto ella como su hijo habían recibido tratamiento psicológico y farmacológico a causa de la violencia sufrida.

Una suma de indicios que la titular del Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao consideró «más que suficientes» de que tanto la mujer como su hijo habían sido víctimas de violencia de género por parte del fallecido y en línea con el tipo legal que se precisa para tener derecho a la pensión de viudedad. A este respecto, la sentencia recuerda que el articulado de la Ley General de la Seguridad Social recoge que las mujeres separadas o divorciadas que han sido víctimas de violencia de género tienen derecho a la pensión de viudedad, aunque no reciban pensión compensatoria, siempre que puedan acreditar su situación mediante sentencia firme, orden de protección, informe del Ministerio Fiscal o cualquier otro medio de prueba admitido en Derecho.

Y ahí precisamente radica lo novedoso de esta sentencia, ya que pese a la circunstancias —no existía sentencia firme sobre la violencia machista sufrida y la pensión compensatoria se había extinguido— se le concede a la mujer el derecho a percibir la pensión de viudedad desde que la solicitó en 2022 y sin toparla con la pensión compensatoria que se había establecido cuando se divorció.

La cuantía de la pensión quedó establecida en el porcentaje ordinario del 52% de la base reguladora —que era de unos 3.000 euros—, ya que la sentencia considera que no se daban los requisitos necesarios para aplicar uno superior al no tener la mujer «hijos menores de 26 años, ni discapacitados o menores de 18 años acogidos» ni tampoco tener cargas familiares o carecer de ingresos.

Teléfono contra el maltrato: 016

Las víctimas de la violencia machista y su entorno pueden pedir ayuda en distintos recursos activos todos los días de la semana y las 24 horas del día: el teléfono 016, el correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y el canal del WhatsApp en el número 600 000 016.

En una situación de emergencia se puede llamar al 112 o a los teléfonos de emergencias de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062) y, si no es posible hacer esa llamada, en caso de peligro existe también la opción de activar la aplicación ALERTCOPS, que envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.

 


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