Las fechas en las que se sortearán las mesas electorales en Asturias
Asturias
Los ayuntamientos del Principado designarán los miembros en las próximas semanas
13 Jun 2023. Actualizado a las 05:00 h.
¿Cuándo se sortean las mesas electorales para los próximas elecciones generales del 23 de julio? Es la pregunta que se hacen muchos asturianos. Los ayuntamientos del Principado, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona, designarán los miembros en las próximas semanas. El sorteo, tanto del presidente de las mesas como de los vocales y suplentes, tiene que efectuarse entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria de las elecciones, según recogen las bases de la Junta Electoral Central.
Fue al día siguiente de conocer los resultados de las elecciones autonómicas y municipales del pasado 28 de mayo cuando el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el adelante de los comicios generales. Es por ello que, según recoge la Junta Electoral Central, los sorteos se producirán entre los días 24 y 28 de junio. «La designación como presidente y vocal de las mesas electorales debe ser notificada a los interesados en el plazo de tres días», rezan las bases.
¿Quién puede ser elegido para la mesa electoral?
Podrá ser elegido cualquier ciudadano mayor de edad y menor de 70 años que forme parte del censo electoral, salvo las personas candidatas por alguna de las formaciones políticas. Los designados en el sorteo público deben saber leer y escribir, pudiendo incluso manifestar su renuncia a partir de los 65 años en el plazo de siete días. En el caso del presidente de la mesa los requisitos son mayores: deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente el graduado escolar o equivalente.
Tanto el presidente como los vocales tienen la posibilidad, en un plazo de siete días y ante la Junta Electoral de Zona, de alegar una causa justificada y documentada que les impida aceptar el cargo impuesto por sorteo. En el caso de aceptarse, se procederá a comunicar la sustitución al primer suplente, que también podrá presentar alegaciones. En el caso de que el ciudadano designado como presidente o vocal fuera un trabajador por cuenta ajena o personal funcionariado tendría derecho a un permiso retribuido de la jornada completa durante el día de la votación, en caso de que fuera día laborable.
Además, los miembros de la mesa tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior a la celebración de las elecciones. En el caso de trabajadores con horario nocturno, el turno de noche que comienza el día de la votación se computa como jornada laboral del día electoral, al tiempo que el derecho de reducción de cinco horas de la jornada de trabajo puede ejercerse en el turno de noche siguiente del trabajador, siempre y cuando ese turno se inicie el día inmediatamente posterior al de los comicios.
Algunas de las causas legales por las que los elegidos tienen derecho a no acudir a la mesa son: presentar una situación de discapacidad, una condición de pensionista de incapacidad permanente absoluta, una situación de incapacidad temporal para el trabajo, gestación a partir de los seis meses de embarazo o el internamiento tanto en centros penitenciarios como en hospitales psiquiátricos.
Cada ayuntamiento debe aprobar el sorteo de las mesas electorales en pleno municipal. A pesar de que algunos ya han confirmado las fechas -como el caso de Castrillón, que será el lunes 26 de junio a las 10.00 horas- muchos otros todavía están pendientes de conocer la fecha definitiva. En el caso de Gijón y de otros consistorios asturianos, el nuevo gobierno se estrenará con este sorteo.