Nuevo revés del TSJA a la patronal de la hostelería que resalta el «fundamento científico» de los cierres
Asturias
El tribunal rechaza la suspensión cautelar reclamada por Otea que había seguido el ejemplo del País Vasco
23 Feb 2021. Actualizado a las 14:20 h.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha denegado la medida cautelar solicita por la patronal hostelera Otea para la suspensión inmediata de las resoluciones aprobadas por el Gobierno del Principado que decretan el cierre de la hostelería.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal asturiano ya denegó el pasado 15 de febrero la medida cautelarísima -que hubiese supuesto la suspensión inmediata- con objeto de escuchar previamente al Principado.
El auto considera que los informes del letrado autonómico «reflejan el fundamento científico de la incidencia de la hostelería y restauración en la propagación del virus, bien como origen, bien como multiplicador de la cadena de contagios, hasta el punto de considerar el cierre de estos locales como una de las medidas más efectivas para la contención de la enfermedad».
El TSJA incide además en que no hay duda de que «la ponderación de los intereses económicos y empresariales, legítimamente invocados por la asociación recurrente, no puede dejar de tener en cuenta los riesgos para las vidas de los ciudadanos que supone esta pandemia».
Para los magistrados, «no cabe negar la existencia de razones fundadas por las que, a pesar de la indudable importancia de la hostelería en la economía española, las restricciones sobre su actividad sea un pilar importante en las intervenciones de la mayoría de los gobiernos de las diferentes comunidades autónomas».
Otea dio el paso de recurrir las resoluciones del Principado después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco aceptara la medida cautelar solicitada por las asociaciones hosteleras vascas para la reapertura de la actividad; informó. EFE