La Voz de Asturias

¿Se puede tomar la fiebre a trabajadores o clientes? Los asturianos se dejan pese al agujero legal

Asturias

carmen liedo redacción
Un conductor se somete a un control de temperatura a la entrada de las instalaciones siderúrgicas de ArcelorMittal

Una abogada experta en protección de datos explica que la temperatura de una persona «no es un dato necesario para la prestación de un servicio» y advierte que «la línea entre nuestros derechos fundamentales y los de los demás es muy fina»

06 Jul 2020. Actualizado a las 05:00 h.

Uno de los métodos que se han generalizado para tratar de detectar el Covid-19 y evitar contagios es la toma de temperatura. Se hace a todo el que acude a centros de salud u hospitales, pero también se lleva a cabo en centros de trabajo o en negocios, bien sean clínicas dentales o de fisioterapia, en cines o, incluso, cuando vas a pasar la ITV al coche. Sin embargo, surgen muchas dudas en torno a esta nueva realidad: ¿es legal que me tomen la fiebre en esos tipos de establecimientos públicos? ¿pueden revelar mi temperatura a terceros si doy fiebre? ¿pueden negarme el acceso en caso de tener una temperatura por encima de lo normal? Todo hace indicar que los asturianos somos colaboradores después de la crisis sanitaria que ha generado el Covid-19 y nos dejamos tomar la fiebre, pero Sonia de la Paz Fernández, abogada del ICA de Oviedo experta en protección de datos, asegura que «la línea entre nuestros derechos fundamentales y los de los demás es muy fina». Además a este respecto asegura que «la Agencia de Protección de Datos no se está mojando» y que ella se queda con la instrucción que ha sacado los colectivos de jueces independientes a este respecto», en la que se indica, según resume, «que no se puede negar la entrada a alguien que presente fiebre porque no afecta a la prestación del servicio».

Para empezar, Sonia de la Paz Fernández, explica que aunque en cualquier establecimiento si pueden solicitarnos la toma de temperatura, el cliente «también se puede negar». No obstante, la misma diferencia cuando esa toma de temperatura se hace a un trabajador o a un cliente-proveedor. En el caso de los trabajadores, la abogada comenta que sí hubo una instrucción de la Agencia de Protección de Datos cuando se abrieron los centros de trabajo, en la que se indica que se puede tomar la temperatura en el marco de la prevención de riesgos laborales. Eso sí, el dato, además de anónimo, nunca puede ser guardado, ya que se entiende que «no es preciso para que cumpla con su trabajo». También añade que lo suyo es que la temperatura la tome un departamento de personal o un servicio médico «que pueda identificar o discernir de donde viene la fiebre alta, porque puede ser un gripe». Así, Sonia de la Paz Fernández aconseja que «hay que tener cuidado en el cómo y quién realiza esas pruebas y que no se incorporen a los datos del trabajador porque vulnera la toma de datos personales». Otro apunte que hace es que, aunque haya cartelería en la que se indica que se va a tomar la temperatura, eso no supone consentimiento.

Si en el ámbito laboral medir la fiebre es un asunto delicado, más lo es aún cuando el escenario se plantea con un cliente-proveedor, ya que en este caso la Agencia de Protección de Datos ni siquiera se ha pronunciado y han sido los jueces independientes los que han sacado una instrucción para tratar de aportar algo de luz a un asunto tan complejo y que puede acarrear denuncias. La abogada del ICA de Oviedo experta en este ámbito traslada que en un establecimiento «pueden tomarte la temperatura, pero tú también puedes negarte, porque no es un dato necesario y, por tanto, no deben impedirte la entrada a un supermercado, a un restaurante o a un centro comercial, por ejemplo», indica la misma, que tiene claro que si es un conserje el que va a realizar la función de toma de temperatura «yo le digo que no».

Sonia de la Paz Fernández asegura que este asunto ha generado muchas dudas y que no han sido pocas las consultas que ella ha recibido de negocios sobre lo que pueden o deben hacer a este respecto. «Yo a mis clientes les digo que si un cliente se niega a tomar la temperatura, que lo deje pasar igual con las medidas de seguridad adecuadas, porque no hay legislación ni jurisprudencia al respecto y se arriesgan a que les interponga una denuncia ante la Agencia de Protección de Datos», aunque por otro lado está el derecho de admisión. Otra cosa es, añade, en casos concretos, como pueden ser clínicas dentales o de fisioterapia, donde ya hay otro tipo de contacto y no se puede mantener la distancia de seguridad, pero siempre pone por delante que «un dato de salud es un dato de categoría alta, por lo que recomiendo informar a través de algún indicativo y que la persona que toma la temperatura pueda discernir si hay fiebre».

¿Podría haber regulado Sanidad este asunto tan delicado? Sonia de la Paz Fernández considera que «se podría haber recogido y regulado en las medidas sanitarias», pero también entiende que « no van a entrar en temas de protección de datos porque tiene la exclusividad la Agencia».

«Escasos» los hoteles asturianos que toman la temperatura

Unos establecimientos que han visto lo sensible que puede ser tomar la temperatura a los clientes han sido los hoteles. Aunque con la apertura del turismo el sector preparó una serie de documentos con recomendaciones para la prestación del servicio que avaló el Ministerio de Sanidad, en ellos no se contempló la obligación de tomar la temperatura. Fernando Corral, presidente de la Unión Hotelera de Asturias, asegura que son «escasos» los establecimientos que toman la temperatura porque «la ley de protección de datos es muy restrictiva con el manejo de datos médicos y no hay un criterio desde el punto de vista legal para realizar esa acción» porque «no se considera una necesidad para prestar el servicio al visitante», manifiesta el mismo, que también hace referencia a que también «en el derecho de admisión cada uno es libre».

Revisión de fiebre, además de la del coche, en las ITVs

Los usuarios que sí se someten a la toma de temperatura son los que acuden a realizar la revisión del coche en las ITVs. Según explica Celestino Pérez, director técnico de ITVASA, lo que han hecho es contratar a una empresa externa para tener controladores que, además de vigilar el aforo, tomen la temperatura a las personas que acuden a pasar la inspección técnica a su vehículo. Afirma el mismo que desde que retoman la actividad «no encontramos ningún cliente reacio» a tomarse la temperatura. Es más, confirma y agradece «la colaboración de la gente con nosotros» porque tiene en cuenta que son cientos las personas que han ido pasando desde que reabrieran el 11 de mayo. «Hemos encontrado una colaboración de los clientes impresionante, porque no se niegan a tomar la temperatura ni tampoco al uso de la mascarilla», señala Celestino Pérez, que apostilla que «la gente es consciente de que lo de este virus no es broma», por lo que incide en «agradecer la colaboración de la ciudadanía». No obstante, el mismo tiene claro que si alguna persona diera temperatura alta se le negaría el acceso a las instalaciones, aunque señala que «hasta el momento no hemos tenido ningún caso».

UCE Asturias no registra denuncias 

Desde la Unión de Consumidores de Asturias apuntan que hasta el momento no han recibido consulta, queja o denuncia alguna relacionada por la toma de temperatura, los protocolos o las medidas de seguridad que se hayan tomado en relación a la crisis sanitaria del COVID-19.


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