Víctimas de tarjetas revolving: una anciana dispuso de 3.000 euros y tuvo que devolver 4.510
Asturias
El banco generó unos intereses del 50% a una gijonesa de 80 años. Varias sentencias judiciales en Asturias dan la razón a los clientes
11 Dec 2018. Actualizado a las 05:00 h.
Varias sentencias judiciales en Asturias dan la razón a los clientes que reclaman la devolución de su dinero a los bancos. La Audiencia Provincial de Gijón condena al BBVA a devolver en torno a 1.500 euros a una clienta que denunció a la entidad por la abusividad de los intereses de su tarjeta de crédito que ascendían al 24,6%.
Aunque aún existe cierto recelo entre los afectados por las tarjetas revolving en Asturias a dar el paso y denunciar su caso ante los tribunales, la realidad es que cada vez hay un mayor número de sentencias en las que la justicia asturiana resuelve a favor del cliente y condena a la entidad bancaria. Se trata de un producto que ofrece dinero rápido con la posibilidad de devolverlo a plazos, pero que fija un tipo de interés desproporcionado. Hoy se ha conocido el último fallo judicial que da la razón al ciudadano. La Audiencia Provincial de Gijón acaba de rechazar el recurso interpuesto por el BBVA contra la sentencia dictada por el Juzgado número 6 de Primera Instancia de Gijón en el mes de julio, y confirma además la condena interpuesta por la sala a dicha entidad bancaria. Si no plantea un nuevo recurso, el BBVA tendrá que devolver las cantidades que cobró «indebidamente» que ascienden en torno a 1.500 euros, así como al pago de las costas del proceso. El tribunal considera además nulas la cláusula que establecía un tipo de interés abusivo del pago aplazado con un TAE del 24,60%, y la que fijaba el tipo de interés moratorio de un TAE anual del 26,82%.
Este tipo de contratos funcionan de la siguiente manera: van aumentando el límite de crédito a medida que se va saldando la deuda pendiente, de manera que la cantidad a deber crece hasta hacerse «infinita», y el consumidor termina pagando unos intereses «desmesurados y desproporcionado» para el crédito concedido. El que lo explica es Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados, despacho asturiano especializado en derecho bancario y financiero, que acaba de ganar este último caso ante la Audiencia Provincial de Gijón.
A su clienta (una gijonesa de unos 80 años) fue el banco quien le ofreció la posibilidad de obtener una tarjeta de crédito y disponer de 1.500 euros pagando una cuota de 60 euros al mes. Contrató el producto en 2002, y dos años después el banco le renovó la tarjeta. A partir de ahí, explica su abogado, realizó diferentes compras y llegó a disponer de unos 3.000 euros. Tras años sin utilizarla y dando por hecho que ya no existe la deuda, «es su hija quien se da cuenta de que apenas estaba amortizada y es entonces cuando tras pedir explicaciones el banco, acuden a nuestro despacho». La realidad que se encontraron es que su clienta dispuso de 3.000 euros y devolvió al banco 4.510, es decir, «generó unos intereses del 50% sobre la cantidad que utilizó». En este contrato el BBVA establecía un tipo de interés del 24,6%. Así que, sin entrar en cantidades exactas, se puede decir que de esos 60 euros de cuota que abonaba al mes, 54 iban destinados a pagar los intereses generados, y solo seis restantes, a saldar la deuda. «Lo que ocurre es que amortizas muy poco y pagas intereses sobre intereses», recalca.
Este caso es solo un ejemplo más de los que Rubén Cueto atiende cada semana en su despacho. De hecho hay casos donde la cantidad que reclama el banco es aún mayor de este 50% ya que depende de la cantidad y del tipo de tarjeta. El goteo de afectados que atiende es constante. En enero ya tienen previsto presentar seis demandas contra entidades bancarias. Cuenta que no existe un perfil concreto. Las tarjetas revolving no entienden de edad, de sexo, o de profesión. «En el caso de mi clienta no tenía necesidad de ese producto y fue el banco quien se lo ofreció. En otros casos, acuden al banco para contratarla. Al margen de los motivos, el problema es que no les informan de los intereses desmesurados», matiza.
Tras años de experiencia en derecho financiero, Rubén Cueto no duda en calificar las tarjetas revolving como «uno de los productos financieros más peligrosos, en los que los consumidores se ven obligados a pagar unos intereses absolutamente exagerados y abusivos de los que ni siquiera se les informa». De hecho, el propio Banco de España ya está alertando de este tipo de fórmula. Pero hasta ahí, es decir, no ejecuta y no obliga al banco la restituir la cantidad.