ENCE se expone a una sanción por falta de diligencia al comunicar un vertido en Navia
Asturias
La papelera avisó con varias horas de retraso del escape y no envió su informe definitivo a la administración hasta 23 días después del incidente y después de serle requerido
17 May 2017. Actualizado a las 05:00 h.
El vertido de la empresa ENCE que llegó a la ría de Navia el pasado 5 abril se arriesga ahora a una sanción por no haber sido diligente a la hora de enviar a la administración los informes pertinentes sobre este episodio de contaminación. Así lo indica la respuesta de la Consejería de Infraestructuras a una pregunta parlamentaria del diputado de IU Ovidio Zapico en la que cuestiona al Gobierno sobre las causas del vertido contaminante y su papel de inspección. Según explica la Consejería, el vertido se produjo al filo de las dos de la tarde de ese 5 abril y duró 8 minutos. El origen del escape está en unas obras de mantenimiento que se realizaban en el emisario submarino de la papelera «al proceder a la apertura manual de una válvula en la fábrica de ENCE sin que se hubiera cerrado la arqueta de control situada en el lateral costero de Navia hacia la instalación».
Según explica la Consejería, el volumen del vertido fue de 180 metros cúbicos, cantidad que según el sistema automático de medición del agua que sale de la depuradora al mar «cumplían con las condiciones de vertido autorizadas». La cuestión es que el aviso de la empresa no se realizó con la premura adecuada. Según el relato de Infraestructuras, el primer aviso por parte de la compañía no llegó hasta las 16.30 y fue realizado al «guarda responsable de calidad ambiental de la zona». No sería hasta las 21.06 horas y mediante un correo electrónico cuando la papelera envió su primer informe al Servicio de Calidad Ambiental. La ley establece que la empresa debe informar «inmediatamente» al órgano ambiental del Principado y posteriormente por escrito en un plazo de 24 horas. Según detalla la Consejería, el informe definitivo de la empresa tuvo que ser requerido por la administración autonómica y no fue entregado hasta el 28 de abril, es decir 23 días después del vertido. «En consecuencia la empresa la empresa no ha actuado con diligencia en la gestión del incidente, lo que supone un incumplimiento de la Autorización Ambiental Integrada (AAI) y una infracción tipificada».
¿A cuánto podría ascender esa sanción? Depende de si la consideración de la infracción es leve, grave o muy grave. En la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, se señala que en el primer caso la multa se quedaría en una cifra no superior a los 20.000 euros. Si se considerara una falta grave, las sanciones pueden aumentar hasta los 200.000 euros y ha la sta 2 millones en el caso de las muy graves.