Juzgan al jefe de un trabajador que murió por la explosión de una caldera
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La Fiscalía considera que es el responsable de que no se hubieran cumplido las medidas de seguridad necesarias
16 Feb 2018. Actualizado a las 13:57 h.
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita una condena de tres años y nueve meses de prisión para un jefe de planta acusado por la muerte de un trabajador en Anleo (Navia) en 2013 tras la explosión de una caldera. La vista oral está señalada para este lunes en el Juzgado de lo Penal número 2 de Avilés. La empresa tiene como actividad principal la de producción de vapor de agua y energía eléctrica, con una planta en la localidad de Anleo (Navia), que suministra el vapor generado a la entidad Industrias Lacteas Asturianas SA.
El día 22 de enero de 2013, L. H. V. y un compañero realizaban el turno de noche en la nave. El primero actuaba como operador de control y trabajaba desde la sala de control; el segundo, como operador de campo, en la sala de calderas. La sala de calderas está ubicada en un recinto independiente y tiene en su interior dos calderas, una marca Vulcano y otra marca Geval. A las 22.00 horas, los trabajadores observaron que el consumo de vapor de Industrias Lacteas Asturianas SA era elevado y que el nivel de agua en la caldera Geval era alto, motivo por el que estaba parada. Para solucionarlo, ambos acudieron a la sala de calderas y extrajeron agua del fondo, actuando manualmente sobre la palanca. Tras esta operación, no desapareció la alarma de nivel alto de agua y la caldera continuaba sin arrancar, por lo que llamaron por teléfono al acusado, jefe de planta, quien les indicó que debían extraer más agua. Una vez realizada la segunda operación, la alarma desapareció y la caldera arrancó.
A lo largo del turno, L. H. V. volvió en varias ocasiones a la sala de calderas para supervisar y comprobar el funcionamiento de las mismas. En un momento dado, sobre 2 de la madrugada, cuando L. H. V. estaba en el interior de la sala de calderas y su compañero en la sala de control, la caldera Geval explotó, ocasionándole quemaduras de segundo y tercer grado en el 90% de la superficie corporal, lesiones que le ocasionaron la muerte el 31 de enero de 2013.
El accidente se produjo por estar funcionado el quemador de la caldera Geval con un nivel de agua muy inferior al mínimo establecido por el fabricante y no haber actuado las seguridades de la misma. Estas seguridades tienen como finalidad accionar la alarma acústica y provocar el paro del sistema de aportación calorífica inmediatamente antes de que el nivel de agua llegue al nivel bajo. Al bajar el nivel de agua y no funcionar los sistemas de seguridad y por este motivo no bloquear el sistema de calificación, quedaron los tubos y parte del hogar sin estar en contacto con el agua, por lo que no se produjo la refrigeración prevista para estas partes, llegando a alcanzar una temperatura muy superior a la normal de funcionamiento, lo que ocasionó la explosión de la caldera. Riesgo al que estaba sometido no sólo el trabajador fallecido sino también su compañero, en la medida en que, al menos en una ocasión, había accedido a la sala de calderas. Además del mal funcionamiento de la caldera, también influyó en el accidente que en la sala de control no existiese señal acústica ni se pudiese desde allí bloquear el sistema de calefacción de la caldera.
Sólo había una señal luminosa dentro de un armario; en la sala de calderas no se disponía de un manual de instrucciones para saber actuar de inmediato en una situación como la que produjo el accidente, documentación especificada en el Reglamento de Aparatos de presión; Por último, la caldera no fue sometida a inspección del Nivel A, inspección periódica reglamentaria que debió hacerse el 17 de mayo de 2012. El acusado era el jefe de planta y debió asegurarse de la efectiva implantación de las medidas de seguridad y no lo hizo. La empresa, en esa fecha, tenía concertado un seguro de responsabilidad civil con la aseguradora Mapfre, con límite de responsabilidad en 3.000.000 euros.
Además de la petición de pena de prisión, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a la viuda del trabajador fallecido con 180.000 euros y con 100.000 euros a sus padres (100.000 para los dos). También abonará al Sespa los gastos médicos.